Las empresas productoras de sistemas informáticos de facturación deben cumplir con las especificaciones técnicas de la Ley Antifraude antes del 29 de Julio de 2025.
Las personas jurídicas obligadas a presentar el Impuesto de Sociedades deberán comenzar a utilizar un sistema informático de facturación antes del 1 de enero de 2026.
El resto de los obligados tributarios podrán esperar a trabajar con un sistema informático de facturación hasta el 1 de julio de 2026.
Aunque la Ley permite a empresas y autónomos posponer el uso de un sistema informático de facturación hasta el 1 de enero de 2026, la mayoría de los usuarios lo harán durante 2025, ya que los sistemas de facturación deben ofrecer a sus usuarios, como mínimo, el sistema Verifactu a partir del 29 de julio de 2025.